Comunicados
de Prensa
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Santa
Fe, 29 de Octubre de 2009
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Mediante el tratamiento en conjunto de los proyectos
presentados por los Diputados Simoniello, Aranda y Ramirez, la Cámara
Baja ha resuelto adherir a la Ley Nacional Nº 25.854 que creó
el "Registro Único de Aspirantes con fines de Adopción" |
En Diciembre del año
2003 el Congreso de la Nación sancionó la Ley Nº 25.854
mediante la cual se crea en el ámbito del Ministerio de Justicia
y Derechos Humanos el "Registro Único de Aspirantes a guarda
con fines de Adopción". En el art. 6º de dicha norma
se establece que la Nómina de Aspirantes, se integrará con
la lista de aquellos que estén inscriptos en las provincias que
se adhieran a la Ley. Con la creación
de este Registro se buscó principalmente evitar la duplicidad de
inscripciones, posibilitando que la inscripción hecha en cualquiera
de las jurisdicciones tenga validez para todas las demás. El Registro Único
era un reclamo de quienes habían iniciado trámites de adopción,
ya que el sistema anterior les exigía, inscribirse en la mayor
cantidad posible de distritos. Es conocida la grave
crisis por la cual está atravesando el instituto de la Adopción
en nuestro País, en donde existen gran cantidad de menores (entre
niños, niñas y adolescentes) que necesitan de una familia
y existen, paralelamente, innumerable cantidad de personas o familias
aptas y capaces para adoptar. Las demoras y complicaciones que embarran
el camino de la adopción, además de alimentar los procedimientos
ilegales, dejan con las manos vacías a quienes quieren hacer las
cosas como corresponde. Con la adhesión
a la Ley Nacional pretendemos que nuestra provincia tenga como prioridad
organizar las expectativas de las personas y familias que desean aspirar
a una adopción, permitiendo analizar, con el debido tiempo y profundidad,
las condiciones materiales, morales, psicológicas, y familiares
de los aspirantes, permitiendo también detener diversas situaciones
de ilegalidad como ser: el tráfico de niños, la intermediación,
el amiguismo en la entrega de menores en condiciones de adoptabilidad,
etc. Este debe ser el punto
de partida de acciones que nos posibiliten mejorar los mecanismos necesarios
a fin de poder asegurarles a los niños el derecho de ser formados,
educados y protegidos en el ámbito de una familia. Esta tarea debe
ser acompañada por el Estado y por todas aquellas instituciones
que tienen por objetivo central la integridad de los menores. Por ello y a fin de
agilizar aún mas el proceso es que establecemos como Autoridad
de Aplicación al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, quien
actuará siempre en colaboración con la Subsecretaría
de los Derechos de la Niñez, Adolescencia y Familia dependiente
del Ministerio de Desarrollo Social. Es indudable que el
Registro ayudará a mejorar las posibilidades de adopción
para los menores; aportando mayor celeridad en todo el proceso judicial;
y la inscripción en una base de datos única les permitirá
a los padres de nuestra provincia, ser considerados en otras provincias. |