LOS
SANTAFESINOS CONSUMIMOS CADA VEZ MENOS
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PRODUCTOS
ELABORADOS EN LA PROVINCIA.
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Solo
en nuestra ciudad, esta situación representaría cerca de
$ 1.000.000.000
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Las
Grandes Cadenas de Superficie llegaron con sus marcas y con una fuerte presencia
de productos de Buenos Aires. En general, los Comercios locales operan bajo
fuertes condicionamientos por parte de las principales marcas y sus proveedores.
En las góndolas quedan escasos lugares para productos santafesinos.
Esto se debe, entre
otros, a dos condiciones fundamentales y complementarias entre si:
1.- Ausencia
en las góndolas de marcas santafesinas en las Cadenas nacionales
o no locales (tienen centrales de administración en Buenos Aires
y allí definen su surtido).
2.- Concentración de proveedores y marcas de otros orígenes
con su consiguiente abuso de las condiciones de comercialización,
exhibición y ventas.
La
discusión entonces no puede centrarse en si regulamos o no
a las grandes superficies comerciales. La realidad nos dice que no
solo debemos defender al comercio local sino que este se tiene que
transformar en una herramienta para promover el aliento a las pequeñas
y medianas empresas santafesinas. Las grandes cadenas de superficies
que también "utilizan" nuestro mercado deben ser
parte de este mecanismo. |
Por solo poner algunos
ejemplos, vamos a mostrar la evolución en algunos artículos
que, por su naturaleza, tienen un fuerte impacto en la ciudad y la provincia,
como lo son algunos lácteos, cacaos, y las denominadas aguas mineralizadas
o sodas. Tomamos estos productos sabiendo que son de un fuerte impacto
en la zona.
En el caso de lácteos,
podemos observar que la evolución, si bien es tremendamente negativa,
muestra la existencia de primeras marcas con asiento en la Provincia de
Santa Fe.
Si tomamos algunos
productos como la leche (refrigerada y larga vida), el dulce de leche,
yogurt y postres y flanes en el año 1999, se consumía en
Santa Fe en promedio, el 74% de productos de origen santafesino y el 26%
de origen de la Provincia de Buenos Aires, otras provincias o marcas propias.
Puntualizando, leche refrigerada 70% de Santa Fe y 30% de Buenos Aires,
leche larga vida 89% de Santa Fe y 11% de Buenos Aires, dulce de leche
91% de Santa Fe y 9% de Buenos Aires, Yogurt 70% de Santa Fe y 30 % de
Buenos Aires y Flanes y Postres en un 51% de Santa Fe y 49% de Buenos
Aires.
A 10 años,
durante el 2009, el promedio se ha modificado al tal punto que se consumen
41% de Santa Fe y el 59% de Buenos Aires y otras. Según
los datos, en los últimos diez años, solo en el rubro lácteos
descendimos del 89% al 60% en leches larga vida, del 70% al 31% en leches
refrigeradas, del 91% al 64% en dulce de leche, del 70% al 37% en yogures
y del 51% al 13% en postres y flanes.
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Acerca
de la Regulación de las grandes superficies |
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En estos últimos
días, a partir de una iniciativa de modificación de la ley
12.069, la Provincia ha comenzado a debatir nuevamente sobre el efecto
de instalación de las grandes superficies comerciales en la Provincia.
La sanción de esta Ley, fue, en su momento un paso importante en
materia de regulación y el impacto que generan estos emprendimientos
en el comercio de la provincia, entendiendo fundamentalmente y oportunamente
la necesidad de resguardar la vigencia de los capitales locales frente
a la concentración económica que representan las grandes
cadenas, fundamentalmente dedicadas a la venta de alimentos y sus consecuencias.
Si bien el impacto
en ciudades como Rosario, fundamentalmente en la década de los
90 fue muy importante e inclusive irreversible en algunos aspectos, en
nuestra ciudad de Santa Fe, gracias al trabajo de muchos sectores políticos
y empresariales pudimos sostener la idea de resguardar esta situación,
sancionándose oportunamente legislación municipal que reguló,
a partir de un criterio de superficies, la instalación de estas
grandes cadenas. Es así, que se sancionó la ordenanza 10347
y algunas otras normas complementarias que coadyuvaron en este objetivo.
Este criterio de superficie,
a medida que fue pasando el tiempo y se fueron complejizando los mecanismos
de venta y concentración del mercado, fue quedando endeble debido
a que las operatorias comerciales fueron diferentes. Los niveles de facturación
de algunas empresas nacionales o internacionales y, fundamentalmente sus
nuevos mecanismos de ocupación del mercado se fueron modificando
y nos empezamos a encontrar con que la regulación por superficie
no bastaba. Estas empresas, con gran poder económico, vinculados
con sectores de la producción de afuera de nuestra provincia, ya
no necesitaban excluyentemente grandes superficies sino que con pequeñas,
producían el mismo efecto "aspiradora" provocando los
mismos daños.
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Comercio
y Producción juntos: Un círculo virtuoso necesario. |
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Durante mucho tiempo
sostuvimos esta postura y batallamos en este sentido. Decíamos
que las Grandes cadenas, a pesar de parecer estéticamente mas impactantes
o brindar mejores servicios, o vender mas barato, no ofrecían en
el tiempo una oferta mas económica, no daban mas empleo, no reinvertían
en la zona, y fundamentalmente no compraban en la zona o región
llevándose una importante cantidad de recursos a otras provincias
o inclusive a otros países.
Es así que
siempre entendimos a este sector del comercio como un eslabón mas
para el resguardo de los sectores productivos de la provincia. Era y es
necesario mancomunar esfuerzos para que las medidas de protección
defiendan el comercio y promuevan la producción local. Frente a
la voracidad de los grandes debemos formar un círculo virtuoso
en donde defendamos el comercio para que se expongan y vendan productos
de Santa Fe y muchos productores puedan seguir invirtiendo. Así
habrá más trabajo, más producción y mas expectativas
de crecimiento en Santa Fe.
Es infantil creer
que porque instalemos más supermercados o Hipermercados va a aumentar
la demanda. La demanda es mas o menos la misma, ya que los excedentes
de los recursos familiares -cuando se dan- se destinan a otros rubros
que no son los que se venden en los supermercados, salvo el caso de las
denominadas primeras marcas. El tema es quien vende mas, quien reinvierte
mas y a quienes van dirigidas sus compras.
Es por ello que hoy
la discusión fundamental, no es solo de donde son los establecimientos,
tampoco es cual es la medida en superficie de los mismos, sino cuánto
aportan al circuito económico, en este caso de la Provincia.
En este sentido, si
no tenemos en cuenta que las grandes empresas de producción de
alimentos son muy poderosas, que en su absoluta mayoría no son
radicadas en Santa Fe, y que "utilizan" nuestro mercado para
fortalecerse, estaríamos siendo por lo menos ingenuos.
Estamos convencidos
que hay que seguir defendiendo a los comerciantes santafesinos y hay que
fortalecer y promover aún mas medidas de protección, pero
también estamos convencidos que esto es parte de un sistema en
donde además deben defenderse a nuestros sectores productivos.
A medida que se concentró
la riqueza en nuestro país, las estrategias de comercialización
fueron cambiando y en este contexto siempre el más débil
o el que menos tiene o puede, pierde. Los que ganan son los poderosos
y los que ejercen mayores posibilidades de presión.
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El
Consumo de los santafesinos |
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A modo de ejemplo,
y para demostrar la cuantía del problema, podemos tomar una hipótesis
para la ciudad de Santa Fe.
Nuestra ciudad, tiene
400.000 habitantes aproximadamente. Supongamos que el consumo promedio
en los rubros alimentos, limpieza, tocador y/u otros que se pudieran ofrecer
en Hipermercados, Megamercados, Súper, Autoservicios, Almacenes.
Fiambrerías, panaderías, verdulerías y otros sea
de aproximadamente $ 12 promedio (IVA incluido) -monto estimado,
por debajo de la mayoría de las mediciones, ya que las consultoras
y otras fuentes diversas de información plantean un monto mayor
de consumo-. Entonces el conjunto de la ciudad consumiría en estos
rubros alrededor de $ 144.000.000 mensuales (IVA incluido).
Según
los datos a los que uno puede acceder, este consumo aproximadamente, se
divide en:
- 29% Supermercados
de origen local (39 locales comerciales de superficies menores),
- 21% Superficies
comerciales de otros orígenes (1 Mega, 1 híper y 12
locales de menor superficie),
- 9% Supermercados
mayoristas (3 en existencia)
- 41% otros (almacenes,
fiambrerías, panaderías, verdulerías, perfumerías,
casas de limpieza y otros. Incluimos pequeños autoservicios
con capital de origen local y otros orígenes)
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La evolución
acerca de la ocupación de superficie es favorable a las Superficies
comerciales de otros orígenes, ya que si tomamos los últimos
diez años podremos observar que en ese lapso se incorporaron 2
locales correspondientes a dos grandes cadenas, además de que una
cadena de origen local (10 locales) fue traspasada a una gran cadena cuyo
origen no es local.
Ahora bien, veamos
como según consultoras especializadas en el tema, evolucionaron
las ventas en la ciudad de Santa Fe, en ese mismo lapso y a través
del mismo mecanismo de venta o bocas de expendio. Es claro y contundente
el dato que muestra la notoria disminución de participación
de los productos industrializados en la Provincia y la irrupción
de las marcas nacionales, marcas propias, o de otras provincias, manejando
el mercado.
Según los datos,
en los últimos diez años, solo en el rubro lácteos
descendimos del 89% al 60% en leches larga vida, del 70% al 31% en leches
refrigeradas, del 91% al 64% en dulce de leche, del 70% al 37% en yogures
y del 51% al 13% en postres y flanes.
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Como mencionábamos
anteriormente, esta es la situación
(en porcentajes), del año 1999.
Puntualizando, leche
larga vida 89%, leche refrigerada 70%, dulce de leche 91% de Santa Fe
y 9% de Buenos Aires, Yogurt 70% de Santa Fe y 30 % de Buenos Aires y
Flanes y Postres en un 51% de Santa Fe y 49% de Buenos Aires.
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Entonces, tal como
lo planteábamos al inicio, a 10 años, durante el 2009, el
promedio se ha modificado al tal punto que se consumen 41% de Santa Fe
y el 59% de Buenos Aires y otras.
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Detallando:
En leche larga vida 60% de Santa Fe y 40% de Buenos Aires, en leche refrigerada
31% de Santa Fe y 69% de Buenos Aires, en dulce de leche podemos observar
64% de Santa Fe y 36% de buenos aires, en yogures el 37% de Santa Fe y
63% de Buenos Aires, y en Postres y Flanes el 13% de Santa Fe y el 87%
de Buenos Aires.
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En
el caso de los cacaos, durante 1999 la Provincia de Santa Fe participaba
con aproximadamente un 80% con sus productos mientras que los de Buenos
Aires con un 20%. A 10 años la Venta de productos santafesinos ha
descendido a un 46% mientras que los de Buenos Aires y otras ha avanzado
a un 54%. |
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En
el caso de las Aguas, minerales o sodas fundamentalmente, durante 1999
se vendió un 44% de Santa Fe y un 56% de otras procedencias, mientras
que durante el 2009 solo un 21% fue de Santa Fe, mientras que el resto (79%)
de otras procedencias. |
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Es claro entonces
donde debería estar el punto de discusión: Siguiendo con
el ejemplo de la ciudad de Santa Fe, en donde se consumen $144.000.000.
(Ciento cuarenta y cuatro millones de pesos) mensuales, es decir aproximadamente
$1.750.000.000 (mil setecientos cincuenta millones de pesos) anuales,
productos de los cuales casi el 60% se elaboran en otras provincias, llegaríamos
a la conclusión que existen alrededor de $1.000.000.000 (mil millones
de pesos) que descontado el costo laboral y algunos otros, no se están
reinvirtiendo en la provincia y se trasladan a otro lugar. Evidentemente,
en este conjunto habrá artículos irremplazables por características
propias, pero seguramente habrá muchos otros que por calidad y
precio, podrían competir con otros de otras jurisdicciones que
hoy están en las góndolas de la provincia.
Entonces
repetimos: La discusión no puede centrarse sólo en si regulamos
o no a las grandes superficies comerciales. La
realidad nos dice que no solo debemos defender al comercio local sino
que este se tiene que transformar en una herramienta para promover el
aliento a las pequeñas y medianas empresas santafesinas. Las grandes
cadenas de superficies que también "utilizan" nuestro
mercado deben ser parte de este mecanismo.
Por ejemplo, la Ley
12.069, en su artículo 21 prevé que las grandes superficies
comeciales deben contar con góndolas especiales para la comercialización
exclusiva de productos regionales y/o artesanales santafesinos. No sólo
que esto no se cumple sino que a nuestro juicio debemos impulsar medidas
que garanticen la competitividad en similares características de
los productos de nuestra provincia. Es por ello la presentación
del proyecto de ley.
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Expediente
Nº 21.877
- 17/02/2009
Estado actual:
Comisión de Asuntos Constitucionales y Legislación General
Cámara de Diputados de Santa Fe. |
LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA SANCIONA CON
FUERZA DE
L E Y:
ARTICULO 1º:
Los establecimientos en la Provincia de Santa Fe, dedicados a la actividad
comercial minorista mediante el sistema de autoservicios, en los rubros
correspondientes a alimentos, bebidas y artículos de limpieza,
cualquiera fuese su denominación, deberán garantizar similares
condiciones de exhibición y venta en sus góndolas, tanto
a los productos que sean fabricados, producidos o elaborados en la Provincia
de Santa Fe como a cualquier otro producto fabricado, producido o elaborado
en el resto del país o en el extranjero.
ARTICULO 2º:
A fin de potenciar la actividad económica y comercial de la Provincia
de Santa Fe, la Autoridad de Aplicación deberá promover
y fomentar en los establecimientos mencionados en el artículo anterior,
la implementación de una canasta de alimentos compuesta únicamente
por productos de origen santafesino, sin limitación de artículos.
ARTICULO 3º:
Todo establecimiento comprendido en la presente Ley deberá contar
con balanzas públicas y maquinas lectoras de código de barra,
a fin de informar a los consumidores acerca del precio, marca, cantidad
y peso de los productos, según las características de los
mismos, como mínimo en relación de una cada 10 (diez) cajas
registradoras.
ARTICULO 4º:
Queda prohibido realizar cualquier tipo de conducta que impida o menoscabe
la libertad de los consumidores a tomar nota o fotografías de los
productos y precios exhibidos.
ARTICULO 5º:
Con el fin de poder comprobar las infracciones a lo establecido en la
presente y en virtud de las características de las mismas, la Autoridad
de aplicación instrumentará un sistema de recepción
de denuncias informal a través de una línea telefónica
de llamadas gratuitas (0-800), mensaje de texto, correo electrónico
y/o cualquier otra vía de rápida comunicación, actuando
en consecuencia y de acuerdo lo disponga la reglamentación.
ARTICULO 6º:
El Poder Ejecutivo procederá a dar publicidad del procedimiento
establecido en el artículo anterior, en la forma y por término
que estime pertinente.
ARTICULO 7º:
El incumplimiento de lo dispuesto en la presente, será pasible
de las siguientes sanciones:
a- Multa de 10 (diez)
jus hasta 50 (cincuenta) jus
b- En caso de reincidencia se aplicará el doble de la multa y
finalmente la clausura del establecimiento por un plazo de hasta treinta
(30) días.
ARTICULO 8º:
El Ministerio de la Producción, a través de la repartición
correspondiente, será la autoridad de Aplicación, quien
notificará los alcances de la presente a los responsables y/o gerentes
y/o administradores de dichos locales comerciales.
ARTICULO 9º:
Facúltase a la autoridad de aplicación, a suscribir convenios
de colaboración, promoción y fomento de las disposiciones
contenidas en la presente ley con los Municipios y Comunas de nuestra
Provincia.
ARTICULO 10º:
El Poder Ejecutivo reglamentará la presente Ley en los aspectos
que resulte necesario dentro de los treinta (30) días de su promulgación.
ARTICULO 11º:
La erogación que demande el cumplimiento de lo establecido en la
presente será imputada a las partidas correspondientes de la ley
de presupuesto.
ARTICULO 12º:
Comuníquese al Poder Ejecutivo.
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