Proyectos de Ley
EXPTE. Nº 24.887 - 02/03/2011
Comisión Provincial de Promoción del Desarme voluntario

El Diputado Provincial Leonardo Simoniello propone la creación de la Comisión Provincial del Desarme Voluntario. En el marco de la Ley Nacional vigente, la comisión deberá promover acciones desde la Provincia de Santa Fe con el objetivo del desarme de la Sociedad Civil.

En aproximadamente dos años el Programa sólo en la ciudad de Santa Fe recepcionó más de 4500 armas de fuego, mientras que en Rosario, en el mismo período, se recepcionaron una cifra similar.

Proyecto de Ley.

"Política Provincial en relación al Programa Nacional
de entrega voluntaria de armas de fuego".


Articulo 1º: El Poder Ejecutivo Provincial creará e integrará, conforme lo determine la reglamentación, una "Comisión Provincial de Promoción del Desarme Voluntario", la que estará a cargo de desarrollar e implementar acciones complementarias y de difusión del "Programa Nacional de Entrega Voluntaria de Armas de Fuego", establecido por la Ley Nº 26.216, prorrogada por la Ley Nº 26.644, en el ámbito de la Provincia de Santa Fe y en un todo de acuerdo con los alcances de la presente.

Artículo 2º: El Poder Ejecutivo Provincial deberá colocar en las boletas del Impuesto Inmobiliario y Patente Automotor, un logo de identificación del "Programa Nacional de Entrega Voluntaria de Armas de Fuego", a los efectos de lograr una adecuada difusión en la población en general.

Artículo 3º: El Poder Ejecutivo desarrollará campañas publicitarias, por internet, medios gráficos, televisivos y radiales, tendientes a difundir toda la información de interés atinente al "Programa Nacional de entrega voluntaria de armas de fuego", así como toda otra estrategia o acción complementaria que se implemente en este sentido en el ámbito provincial.

Artículo 4º: El Poder Ejecutivo podrá establecer, via reglamentación, el otorgamiento de incentivos -no dinerario- a toda persona que realice la entrega voluntaria de armas de fuego y municiones, independientemente del previsto en la ley 26216 y sus prórrogas.

Artículo 5º: Los gastos que demande el cumplimiento de las disposiciones de la presente ley serán atendidos con los recursos que destine a tal efecto la ley de presupuesto general de la administración pública provincial.
Autorizase al Poder Ejecutivo a realizar las modificaciones presupuestarias necesarias para el cumplimiento de la presente ley durante el ejercicio financiero de entrada en vigencia de la misma.

Articulo 6º: El Poder Ejecutivo reglamentará la presente ley dentro de los 30 días de sancionada.

Articulo 7º: Invítese a los Municipios y Comunas de la Provincia a adherir a la presente Ley y/o desarrollar acciones de similar tenor.

Articulo 8º: Comunique al Poder Ejecutivo.


Fundamentos.

Sr. Presidente:

La presentación de este proyecto de Ley está vinculada a la idea de promover la ejecución del Programa Nacional de Entrega Voluntaria de Armas de Fuego.

La sanción de la Ley Nacional Nº 26.216 declaró en su momento la emergencia nacional en materia de tenencia, fabricación, importación, exportación, transporte, depósito, almacenamiento, tránsito internacional, registración, donación, comodato y compraventa de armas de fuego, municiones, explosivos y demás materiales controlados, registrados o no registrados, durante el término de un año; con posterioridad a ello, dicho Programa fue prorrogado por el Decreto Nº 560/08 y por la Ley Nacional Nº 26520.

El 13 de Octubre del 2010, el Congreso Nacional sancionó a través de la Ley Nº 26.644, una nueva prórroga, posibilitando la extensión del mismo por el término de dos años más.

Esto nos condujo a la necesidad de tener que promover desde el Estado Provincial medidas tendientes a que la sociedad tome conciencia de la importancia que tiene la puesta en práctica de este tipo de Programas, de allí la creación de una "Comisión Provincial de Promoción del Desarme Voluntario", la que estará a cargo de desarrollar e implementar acciones complementarias y de difusión del "Programa Nacional de Entrega Voluntaria de Armas de Fuego", en el ámbito de la Provincia de Santa Fe. Entre sus misiones tendrá la de realizar campañas publicitarias vía internet, medios gráficos, televisivos y radiales, con el fin de difundir toda la información que sea de interés para la comunidad.

Los objetivos principales del programa establecieron; la disminución del uso y proliferación de armas de fuego y municiones, la reducción de accidentes y hechos de violencia, la sensibilización acerca de los riesgos de la tenencia y uso de armas, y la promoción de una cultura de no violencia y resolución pacífica de conflictos que desaliente la tenencia y uso de armas de fuego.

El programa se comenzó a implementar a través de la instalación de puestos fijos y móviles de recepción de armas establecidos en la sede central y delegaciones del Registro Nacional de Armas (RENAR) y se implementaron también puestos en distintos municipios de todo el país. Para el caso, en la ciudad de Reconquista se habilitó un puesto móvil el que recepcionó cerca de ciento treinta (130) armas, en tanto que en la ciudad de Rafaela se recepcionaron alrededor de cuatrocientas sesenta y seis (466) armas. En la ciudad de Santa Fe hasta el momento, el Programa logró sacar de las calle cuatro mil seiscientos cuarenta y cuatro (4.644) armas, y en la ciudad de Rosario, cuatro mil setecientas un (4701) armas.

La reducción de la cantidad de armas en manos de los ciudadanos permite la reducción de armas ilegales, entendiendo que una de las vías de provisión del mercado negro de armas es, precisamente el robo y hurto de las mismas.

Según informes presentados en su momento por el Ministerio de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos de la Nación, desde la implementación del Programa Nacional, se destruyeron cerca de 104.534 armas de fuego, cuya metodología de destrucción se realizó en dos etapas: la primera fue de trituración de esas armas y luego el de fundición, mediante la utilización de un horno de alta temperatura.

A partir de la puesta en vigencia de este programa ya se recuperaron más de 107.000 armas de fuego entregadas a cambio de una retribución económica.

En definitiva, la entrega voluntaria y posterior destrucción de las armas de fuego contribuyen a la construcción de una sociedad más pacífica.

Por ultimo el Poder Ejecutivo debe trabajar mancomunadamente con los organismos nacionales vinculados a la materia, fomentando el debate y la discusión pública sobre la temática, involucrando para ello, a las Organizaciones Civiles Intermedias, e invitando a los Municipios y Comunas a participar en el impulso y desarrollo de estas iniciativas.

Por lo expuesto solicito a mis pares el apoyo necesario para el tratamiento y aprobación del presente proyecto



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