Proyectos de Comunicación
EXPTE. Nº 24.223 - 05/08/2010 - APROBADO 23/09/2010
Pedido de informes sobre la reglamentación de la Ley Provincial nº 12.929

Proyecto de Comunicación:

La Honorable Cámara de Diputados de la Provincia de Santa Fe solicita al Poder Ejecutivo Provincial, que por intermedio del Ministerio de Seguridad - Dirección Provincial de Análisis Criminal y/o las áreas correspondientes, informe sobre los siguientes aspectos:

1- Si se ha reglamentado la Ley Provincial Nº 12929, sancionada en el mes de noviembre de 2008, por medio de la cual la Provincia adhiere a la Ley Nacional Nº 25.938, que dispone la creación del "Registro Nacional de Armas de Fuego y Materiales Controlados, Secuestrados e Incautados". En su caso, motivos por los cuales no se ha procedido a su reglamentación.
2- Cantidad y tipo o clase de armas de fuego y municiones que han sido secuestradas o incautadas en el territorio de la Provincia de Santa Fe en los últimos seis (6) meses.
3- De esta cantidad de armas y municiones, porcentaje que ha sido restituido a su titular conforme la normativa vigente y porcentaje que ha resultado decomisado y posteriormente destruido, en virtud de sentencia judicial o resolución administrativa firme.
4- Si existe un sistema de remisión o comunicación de los datos a que refieren los puntos Nº 2 y 3, entre la Provincia, en sus organismos o áreas pertinentes, y el RENAR.

FUNDAMENTOS:


Sr. Presidente:

El presente proyecto de comunicación tiene por finalidad obtener información acerca de diversos aspectos vinculados con la problemática de las armas de fuego y municiones que son incautadas o secuestradas en el ámbito territorial de la Provincia de Santa Fe por las autoridades judiciales, fuerzas de seguridad y/o policiales, así como respecto de la existencia un sistema de remisión o comunicación de estos datos, entre la Provincia, en sus organismos o áreas pertinentes, y el RENAR. Asimismo, se solicitan precisiones acerca de la reglamentación de la Ley Provincial Nº 12929, sancionada en noviembre del año 2008, que adhiere a la Ley Nacional Nº 25938, la cual dispone la creación del "Registro Nacional de Armas de Fuego y Materiales Controlados, Secuestrados o Incautados".

El grado de violencia social que evidencia nuestra realidad cotidiana nos preocupa y nos impone la necesidad de analizarla en su complejidad, sistematizar la información obtenida e intentar generar acciones e instrumentos dirigidos a reconocer y combatir las causas que determinan tal situación o, al menos, a minimizar sus efectos.

En este orden de ideas, entendemos que existen problemas estructurales en nuestra sociedad que constituyen la base de estos hechos de violencia social de los que día a día tenemos noticia. En este sentido, la desigualdad, la pobreza extrema, el hacinamiento, la falta de alimentación, de educación, de salud, etcétera. En síntesis, la carencia de condiciones mínimas que permitan un desarrollo con dignidad del ser humano, sumados a la desconfianza de la población en el sistema de Justicia y en las Fuerzas de Seguridad, se manifiestan como factores desencadenantes directos del empleo de medios violentos tanto en la resolución de diferentes conflictos privados (familiares, vecinales, en ocasión de accidentes de tránsito) como en relación con diversas manifestaciones del accionar delictivo.

Asimismo, no puede desconocerse la influencia de factores tales como el consumo de drogas, de bebidas alcohólicas, la violencia difundida a través de los medios de comunicación y la excesiva proliferación de armas en la sociedad, entre otros.

Respecto de este último punto, el de las armas de fuego es que deseamos obtener información precisa, por cuanto toda la problemática relacionada con este tipo de armas es objeto de nuestra preocupación y trabajo desde hace varios años y resulta de ingente importancia por encontrarse directamente vinculada con la seguridad pública.

Por otro lado, pretendemos conocer si al día de la fecha, la Ley Provincial Nº 12929 se encuentra, o no, reglamentada, con la finalidad de conocer si se procedió a establecer las condiciones que garanticen la aplicabilidad y operatividad del régimen establecido por la mencionada norma.


En este sentido y sin perjuicio que nuestra Provincia, en el ámbito del Poder Judicial, cuenta con el desarrollo de procedimientos que establecen los pasos a seguir para efectuar la destrucción de armas de fuego, sus partes, repuestos, municiones y demás materiales controlados, que han sido secuestradas o decomisadas, la adhesión que logramos a la Ley Nacional Nº 25938, instituye un régimen que propende a otorgar mayor eficacia y transparencia en este tipo de procesos, manifestando una voluntad clara en el sentido de mejorar los sistemas actuales de control sobre los distintos materiales comprendidos, garantizando la información, el control de los depósitos y la destrucción final de los mismos, a afectos de evitar su retorno al circuito delictivo del cual fueron decomisados.

Entendemos que resulta imprescindible que se avance en la reglamentación de la referida ley, a los fines de intentar brindar una respuesta a una problemática concreta, adecuando la normativa nacional a la realidad provincial e instrumentando acciones dirigidas a evitar y eliminar el tráfico ilícito de armas de fuego, con el objetivo de brindar mayores condiciones de seguridad a la población.
Por todo lo expuesto solicito a mis pares el apoyo necesario para el tratamiento y aprobación del presente proyecto de comunicación.




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