Proyectos
de Comunicación
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EXPTE. Nº
23.113 - 04/11/09 - APROBADO 12/11/09
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COMERCIALIZAN BOGAS DEL TAMAÑO
DE UN PLATO
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En restaurantes y
comedores de pescado el menú incluye bogas a la parrilla que no
superan, en muchos casos, los 32 centímetros.
La ley 12.212 prohíbe la captura, circulación, venta y consumo
de ejemplares de una talla menor a 42 centímetros, en el
caso de esta especie. La misma situación se verifica en distintos
comercios expendedores de pescado. |
TEXTO PRESENTADO 04/11/09 - APROBADO 12/11/09 |
PROYECTO DE COMUNICACIÓN La Honorable Cámara de Diputados de la Provincia de Santa Fe solicita al Poder Ejecutivo que, a través de la Secretaría de la Producción, realice las siguientes tareas en comercios expendedores de pescado - pescaderías, supermercados, restaurantes, braserías u otros lugares de comercialización - en un todo de acuerdo a lo establecido en la Ley Provincial Nº 12.212:
Asimismo, solicitase al Poder Ejecutivo que en el marco de lo establecido en el artículo 62 de la mencionada ley, requiera a las autoridades municipales la colaboración necesaria a fin de garantizar las tareas de control y vigilancia mencionadas.
Sr. Presidente: Desde un tiempo a
esta parte se puede observar la venta de pescados de la especie Boga en
comercios expendedores de pescado - pescaderías, supermercados,
restaurantes, braserías u otros lugares de comercialización
- de nuestra provincia, de una longitud ostensiblemente inferior a la
legalmente permitida. En supermercados y
pescaderías, por ejemplo, se ofrecen bogas despinadas congeladas
que rondan los 300 gramos de peso y 30 cm. de longitud (cabeza incluida). En restaurantes se
promociona la venta de bogas despinadas a la parrilla las cuales sobrepasan
unos pocos centímetros el diámetro de un plato de los utilizados
en estos comercios. Hasta no hace mucho
tiempo nos encontrábamos que en cualquiera de estos comercios se
ofrecían a la venta como chicas, bogas entorno a las cuales comían
no menos de tres personas, mediante el tradicionalmente denominado "carancheo". Podemos pensar que
esta situación obedece a dos razones. Una, es que no haya en el
río bogas de mayor tamaño. La otra, es que sea más
redituable comercializar pescados de este tamaño. En cualquier
caso el Estado tiene la obligación de actuar en el marco de las
facultades que le otorga la legislación vigente, en defensa del
recurso. Hace aproximadamente
una década salíamos de la denominada convertibilidad monetaria
en nuestro país y empezaba a vislumbrarse el comienzo de un vertiginoso
y desenfrenado proceso de exportación de pescados de río
y consecuentemente la sobreexplotación de nuestro recurso ictícola. Desde aquel entonces
se viene denunciando que dentro de las toneladas y toneladas que se estaban
exportando, una gran cantidad de sábalos eran de una talla inferior
a la permitida. Esto obedecía, como mencionábamos antes,
no sólo a que la sobreexplotación del recurso fue llevando
a la extinción de ejemplares de gran tamaño, cuestión
que entendemos irrefutable. Sino, principalmente, a una demanda de pescados
de ese tamaño de los países importadores. Evidentemente, para
los restaurantes vender una boga entera para una persona es más
conveniente comercialmente y también desde el punto de vista gastronómico
en cuanto a su presentación. En la misma se mencionan
las longitudes mínimas de las distintas especies para la pesca
comercial, entre ellas la de la especie boga (Leporinus obtusidens) con
una longitud mínima de 42 cm., prohibiendo la captura, comercialización,
venta y consumo, en todo tiempo, de aquellos ejemplares cuya talla mínima
sea inferior a las establecidas. Y volvemos a repetir, la longitud de
las que se están comercializando no superan un promedio de 30 cm.
aproximadamente. En este sentido acompañamos al presente proyecto
registros fotográficos que demuestran claramente lo antedicho. Es una ironía,
que una provincia como Santa Fe que tanto ha sufrido las consecuencias
del desmanejo del recurso ictícola, esté permitiendo la
comercialización de bogas del tamaño de un pejerrey. |