Comunicados de Prensa
Santa Fe, 01 de Octubre 2009
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Alimentación saludable en las escuelas:
Media sanción para un Proyecto de Ley en favor de la salud
de niños y adolescentes en edad escolar


La Cámara de Diputados dio media sanción a un proyecto de Ley,
autoría del Diputado Provincial Leonardo Simoniello, que tiene por finalidad
promover y proteger la salud de la población infantil y adolescente
que asiste a establecimientos escolares públicos y privados de nuestra Provincia,
a través de la promoción de una alimentación saludable.


El proyecto de ley que obtuvo media sanción de la cámara baja tiene por finalidad la prevención de enfermedades relacionadas a la malnutrición por excesos (sobrepeso y obesidad), deficiencia de macro y micro nutrientes también denominada desnutrición oculta.

Este proyecto de ley pretende ser un aporte respecto de un tema que como decíamos es sin dudas complejo y multicausal y sobre el cual estamos convencidos que el principio de una solución radica en la implementación de medidas centradas en niños, niñas y adolescentes en edad escolar.

La obesidad constituye el factor subyacente más importante de las causas de enfermedad y muerte en el hemisferio y, en virtud de ello, la Organización Mundial de la Salud ha instado a todos los gobiernos a reconocerla como enfermedad, implementar programas de detección, educación, prevención y tratamiento, modificar los factores de riesgo ambientales, incorporarla al listado de enfermedades de tratamiento prioritario y obligatorio por los sistemas de salud, fomentar la capacitación de los profesionales de la salud para la prevención y el control integral de la misma, estimular la investigación básica, epidemiológica y clínica, y concientizar a la población de una acción conjunta a todos los niveles y desde todos los sectores de la sociedad.

El texto sancionado prevé que el Ministerio de Salud confeccione un listado de alimentos saludables que de acuerdo a sus características nutricionales adecuadas a la edad de crecimiento y desarrollo, se podrán expender en los establecimientos educativos de la Provincia de Santa Fe, el cual deberá actualizarse dos veces al año, atendiendo las características de la época invernal y estival.

Además, prohíbe la venta, exhibición y difusión de alimentos, grupos de alimentos o productos alimentarios o bebidas que no estén incluidos en el listado.

También prohíbe en los establecimientos educativos el funcionamiento e instalación de máquinas expendedoras de alimentos o bebidas que no estén incluidos en el listado elaborado por el Ministerio de Salud.

Se encomienda a los Ministerios de Salud y Educación, entre otras cosas la capacitación de los agentes responsables de los quioscos, cantinas o expendio de alimentos en las escuelas; crear Programas Regionales de Educación Nutricional para escuelas con la participación de profesionales Licenciados en Nutrición, con el objetivo de acompañar la aplicación de esta Ley y el surgimiento de nuevas acciones tendientes a mejorar la calidad nutricional de los educandos; asesorar en todo lo relacionado a enfermedades derivadas de la malnutrición por excesos, carencias de micronutrientes y desnutrición oculta; etc.

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